Auto Supremo AS/0152/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0152/2015-RA

Fecha: 04-Mar-2015

IV


Luego de señalar que la prueba testifical no es admisible para acreditar la existencia o la extinción de una obligación, denuncia que en el proceso no se habría establecido que exista un contrato o que su persona haya celebrado contrato alguno con el Estado u otra entidad sea autónoma, autárquica, mixta o descentralizada, razón por la cual no podía subsumirse su conducta al tipo penal acusado, al no haber pena sin culpabilidad; al efecto, el recurrente se limita a transcribir un párrafo, señalando que sería la doctrina legal contenida en los Autos Supremos 236 de 7 de marzo de 2007 y 133 de 5 de abril de 2002; sin embargo, no cumple con la carga procesal de establecer de manera clara y precisa, cuál la vulneración en que hubiese incurrido el Auto de Vista impugnado, al formular cuestionamientos directos a la sentencia, falencia que imposibilita efectuar la labor de contraste asignada por ley a este Tribunal; en cuyo mérito, el presente recurso deviene en inadmisible.

IV.3. Del recurso de casación de Virginia Barrios Candia, Juan Javier Solíz Chavarría y Simón Olivera Valdez