Auto Supremo AS/0154/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2015

Fecha: 06-Mar-2015

CONSIDERANDO I:


VISTOS: El recurso de casación de fs. 237 a 240 vlta., interpuesto por Eva Arauz de Espinoza, contra el Auto de Vista No. 171 de 8 de agosto de 2014 de fs. 234 a 235 vlta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Anulabilidad de documento de transferencia de inmueble, acción reivindicatoria, mejor derecho de propiedad, desocupación y entrega de Inmueble, seguido por Eva Arauz de Espinoza, contra Mildred Luz Romero Solano, Beismar Coimbra, Pedro Espinoza Arauz, Catalina Espinoza de Cristaldo, Gladys Espinoza Arauz, Apolonia Espinoza Arauz y Juana Espinoza Arauz, respuesta de fs. 243 a 248; concesión de fs. 249, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Por memorial de fs. 9 a 11, reformulada mediante memorial de fs. 14 y vlta., la se demanda acción reivindicatoria, negatoria, mejor derecho propietario, desocupación y entrega de inmueble y pago de daños y perjuicios, reformulando que también demanda la anulabilidad del documento sobre contrato de transferencia de inmueble o minuta de fecha 19 de septiembre de 2007 con reconocimiento de firmas de la misma fecha, alegando a ese fin la no concurrencia en su formación el consentimiento y voluntad de su persona para vender, amparo su acción en los arts. 554-1) y 555 del Código Civil, en razón a que fuera de edad avanzada, no saber leer ni escribir y que sólo pudiera firmar su nombre, señalando además que hubiera sido conducida a la oficina de Notaría bajo el engaño de que firmaría unos apeles a fin de recuperar los documentos de propiedad de su inmueble que refiere se extravió tiempo atrás, que fue desalojado de su propio bien inmueble con el pretexto de hacer reparaciones y que a la fecha vive en habitación alquilada