Auto Supremo AS/0157/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2015-RA

Fecha: 04-Mar-2015

El segundo agravio, traducido en que el Tribunal de apelación, con el simple argumento que


El segundo agravio, traducido en que el Tribunal de apelación, con el simple argumento que no le corresponde volver a valorar la prueba, omitió ejercer su obligación de detectar la valoración defectuosa de la prueba, citando el art. 370 inc. 6) del CPP y aludiendo específicamente a la prueba MP-11, documento privado de reconcomiendo de deuda, que firmó bajo amenazas y a la fuerza con algunos interesados que no forman parte de la acusación particular, se establece que la recurrente invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 144 de 22 de abril de 2006 y 337 de 1 de julio de 2010, que en similar situación que en la anterior no especificó los supuestos fácticos análogos con la resolución recurrida, impidiendo que este Tribunal efectúe la labor de contraste; por cuanto, no es suficiente transcribir el contenido de la doctrina legal invocada sin efectuar la mínima explicación sobre la posible aplicabilidad al caso concreto, extremo que acarrearía la declaratoria de inadmisibilidad