Auto Supremo AS/0157/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2015-RA

Fecha: 04-Mar-2015

Por último, a tiempo de invocar los precedentes contradictorios, señala que el Tribunal de apelación,

Por último, a tiempo de invocar los precedentes contradictorios, señala que el Tribunal de apelación, al obrar por un hecho y delito inexistente obró ultra petita, “extremo justificado” por el Auto Supremo 215 de 28 de junio de “2008”, vulnerando todo principio de favorabilidad. En cuanto una calificación inexacta del delito, que considera vulnera el principio de favorabilidad, citó el Auto Supremo 431 de 11 de octubre de 2006. En ese mismo sentido, también citó los Autos Supremos 231 de 4 de julio de 2006 y 59 de “27.01.07” (sic), transcribiendo parte de su contenido