Bajo esos antecedentes, careciendo de fundamento los reclamos expuestos por el recurrente, corresponde emitir Resolución
Bajo esos antecedentes, careciendo de fundamento los reclamos expuestos por el recurrente, corresponde emitir Resolución conforme mandan los arts. 271 núm. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil
- terceros interesados
- Proceso: Usucapión
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Recurso de casación de Gabino Pardo Ustares
- Referente a la carga de la prueba refiere que, la parte demandante con las pruebas
- Recurso de casación de Reyna Eva Murguía Mamani Vda. De Valdez
- Por otro lado indica que fueron cancelados el derecho propietario de Policarpio Mamani y Gabino
- En otro punto indica que el actor es un simple detentador que no puede adquirir
- Finalmente acusa y reitera que el Juez A quo permitió que se siguiera un proceso
- El recurrente en su primer actuado procesal, no objetó la citación practicada mediante edictos, convalidando
- De la misma forma, respecto a la designación del defensor de oficio que acusa en
- Respecto a la carga de la prueba, acusada en el recurso de casación, se debe
- Finalmente, corresponde señalar que, cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se
- Bajo esos antecedentes, careciendo de fundamento los reclamos expuestos por el recurrente, corresponde emitir Resolución
- Por otro lado, respecto a que el proceso se tramitó en contra de una persona
- Por dichos motivos y no siendo fundados los agravios de forma que acusa la parte
- En el fondo
- Finalmente, como respaldo a la usucapión entre copropietarios, debemos apoyarnos en el art
- Por dicho motivo, al ser la posesión del actor única, exclusiva y excluyente
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
