Auto Supremo AS/0164/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0164/2015

Fecha: 24-Mar-2015

De la normativa glosada supra, se concluye que para que el recurso de casación sea

De la normativa glosada supra, se concluye que para que el recurso de casación sea admitido y concedido por el Tribunal de Alzada, es requisito inexcusable que el recurrente haya previamente impugnado la sentencia por vía de apelación; de lo contrario, habiendo precluido su derecho, el recurso debe ser negado y ejecutoriada la sentencia