Auto Supremo AS/0165/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0165/2015

Fecha: 10-Mar-2015

Para la fecha de inicio de la demanda habría transcurrido el tiempo sin que la

Para la fecha de inicio de la demanda habría transcurrido el tiempo sin que la demandada haya cancelado ni el monto global ni la suma valida, habiendo reclamado la cancelación del total y comunicado este aspecto a Odonto Market, por lo que considera que el Auto de Vista incurrió en causal de casación prevista por el art. 253 num. 3) del Código de Procedimiento Civil, referido a que el error de hecho debe estar acreditado por documento que certifique la manifiesta equivocación del juzgador. Que en el caso estaría demostrado aquel aspecto