Auto Supremo AS/0179/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0179/2015

Fecha: 11-Mar-2015

1

En el fondo
1.- Señala que el Tribunal de Segunda Instancia tuvo por desistido el recurso de apelación en el efecto diferido interpuesto por su parte, bajo el argumento de que no se hubiese fundamentado su recurso de apelación en el efecto diferido, empero sostiene que si bien al momento de apelar no se fundamentó el referido recurso no es menos cierto al momento de interponer el recurso ya se encontraba con el requisito de fundamentación de los agravios de fs. 194 a 194 vta. y en el memorial de apelación contra la Sentencia en el otrosí 1ro ha existido ratificación tacita en dicho recurso haciendo viable el mismo habiendo vulnerado lo establecido en el art. 25 y 24 de la Ley 1760