FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
La recurrente refiere interponer recurso de casación en la forma y en el fondo, sin embargo de la revisión del mismo se establece que todos los agravios denunciados corresponden a la forma, consecuentemente se resolverá en esa vía.
En cuanto al primer punto refiere que el Tribunal de Segunda Instancia hubiese dado por desistido su recurso de apelación en el efecto diferido bajo el argumento que no se hubiese fundamentado dicho recurso extremo que según la recurrente no sería válido en vista de que al momento de apelar de la Sentencia hubo ratificado su apelación
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
La recurrente refiere interponer recurso de casación en la forma y en el fondo, sin embargo de la revisión del mismo se establece que todos los agravios denunciados corresponden a la forma, consecuentemente se resolverá en esa vía.
En cuanto al primer punto refiere que el Tribunal de Segunda Instancia hubiese dado por desistido su recurso de apelación en el efecto diferido bajo el argumento que no se hubiese fundamentado dicho recurso extremo que según la recurrente no sería válido en vista de que al momento de apelar de la Sentencia hubo ratificado su apelación
- CONSIDERANDO I:
- Previa sustanciación de los recursos antes descritos, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de
- Contra el referido Auto de Vista Karina Isabel Villarroel Mazuelo interpuso recurso de casación en
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
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- De todo lo explanado y ante la flagrante vulneración del art
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- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respecto se señala que el recurso de apelación es el derecho con el que
- Partiendo de dicho entendimiento sobre el tema de la apelación en el efecto diferido el
- Conforme a esta norma que modifica el Código de Procedimiento Civil incorporando un nuevo efecto
- Partiendo de lo expresado en el caso presente, se advierte que a fs
- En cuanto a los demás agravios denunciados este Tribunal considera innecesario considerarlos al haber encontrado
- Por lo referido, corresponde dictar Resolución conforme determina el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error no se impone multa
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
