Auto Supremo AS/0197/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2015-RA

Fecha: 24-Mar-2015

En ese contexto, se advierte que; además, de detallar los antecedentes de hecho, precisando que


En ese contexto, se advierte que; además, de detallar los antecedentes de hecho, precisando que la incongruencia omisiva se refirió a la falta de determinación sobre la licitud o ilicitud de parte del Tribunal de alzada, en cuanto a la exclusión de la prueba aludida; estableció que se vulneró su derecho a la defensa, vinculado con las previsiones contenidas en los arts. 124, 171 y 173 del CPP, que se refieren a la debida fundamentación, a la libertad probatoria y a las reglas para determinar la exclusión de una prueba, aseverando que la referida omisión constituye un defecto absoluto, conforme establecen los arts. 167 y 169 del Código citado. Asimismo, estableció como relevancia de la denuncia, la abstracción que hizo el Tribunal de alzada, imposibilitándole ejercer su defensa a través de la producción de la referida prueba, con la cual pudo haber obtenido la verdad histórica del hecho y demostrar que el delito falsamente atribuido a su persona no se subsume en los elementos del tipo penal atribuido, argumentos con los que se puede concluir que la recurrente cumplió con la carga argumentativa necesaria, para el análisis de fondo de la problemática planteada