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    Auto Supremo AS/0037/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0037/2015-L

    Fecha: 02-Abr-2015

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    • Auto Supremo Nº 37/2015-L
    • Expediente: CBBA.319/2010
    • Distrito: Cochabamba
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, la Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad
    • Que en grado de apelación de fs
    • Contra la resolución de segunda instancia, mediante memorial de fs
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    • Concluye señalando, que el auto de vista ha violado los arts
    • CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, se pasa a considerar el mismo, de donde
    • En principio todo trabajo, más allá del grado de preparación técnica o experiencia requerida para
    • En ese contexto, se tiene que el elemento diferenciador entre el contrato de trabajo y
    • En efecto, en el contrato de trabajo, el trabajador utiliza los medios propios de la
    • En ese sentido, también deben considerarse en la relación laboral otros aspectos, como ser: la
    • Sin embargo, consta de obrados que tanto el juez a quo como el tribunal ad
    • En cuanto a la denuncia en el punto dos, en sentido de que el pago
    • Por esta razón, se concluye que tampoco es evidente que el tribunal de apelación hubiera
    • Respecto a la denuncia en el punto tres, en cuanto al horario de trabajo del
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
    • ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.

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