Auto Supremo AS/0052/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0052/2015-L

Fecha: 06-Abr-2015

El referido fallo, motivó a la empresa Caldería Mecánica Santa Bárbara S

El referido fallo, motivó a la empresa Caldería Mecánica Santa Bárbara S.R.L. a través de su representante legal, plantear recurso de casación o nulidad, de fs.180 a 188, quien denuncia los siguientes hechos:
1.- Acusa violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley en razón a que la sentencia excedió el ámbito del petitorio de los actores al disponer que el pago de aguinaldo sea en el doble, ya que si bien el juez puede condenar por pretensiones distintas o mayores a las pedidas, conforme el art. 64 del Código Procesal del Trabajo, esta facultad está sujeta a que los hechos discutidos en el proceso se hallen debidamente probados, siendo necesaria la concurrencia de requisitos como: que esos conceptos hayan sido discutidos en el curso del proceso, que se hallen debidamente probados y que tengan conexitud, los que tienen la finalidad de garantizar el derecho a la defensa de modo que las partes no resulten condenadas sin haber sido oídas en juicio, como en el caso presente en el que la empresa resulta reatada a obligaciones que jamás fueron reclamadas por los actores, que no fueron cobrados por negligencia de los mismos.
Además, que el Decreto Supremo Nº 23381 de 1992 y el art. 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006 que señala el auto de vista, se refiere al plazo para el pago de beneficios sociales, actualizaciones y reajustes del saldo deudor de los mismos y la multa por su incumplimiento, que nada tienen que ver con el pago en el doble que reconoce la sentencia, por lo que no corresponde su aplicación