Concluye señalando, que se le conceda el recurso para que el Tribunal de Casación, case
Concluye señalando, que se le conceda el recurso para que el Tribunal de Casación, case o en su caso anule el auto de vista
- Auto Supremo Nº 64/2015-L
- Expediente: CBBA.385/2010
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, el Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad
- Que en grado de apelación interpuesto por el Lloyd Aéreo Boliviano S
- Contra la resolución de segunda instancia, el Lloyd Aéreo Boliviano S
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- Concluye señalando, que se le conceda el recurso para que el Tribunal de Casación, case
- Por otra parte, el demandante Ramiro Gustavo Rojas Rodríguez interpone a su vez recurso de
- Finaliza solicitando, se le conceda el recurso ante la Corte Suprema de Justicia, a objeto
- CONSIDERANDO II: Que así planteado ambos recursos, se pasa a considerar el primero interpuesto por
- En cuanto al segundo punto denunciado, que tiene que ver con la nulidad solicitada por
- En principio es menester señalar que, los principios del derecho del trabajo son aquellas líneas
- De otro lado, el principio de primacía de la realidad implica que en caso de
- En ese contexto, de los antecedentes del proceso, se tiene que el tribunal de alzada
- En el caso de análisis, corresponde en principio referirnos, que el aguinaldo ha sido parte
- Por lo expuesto, se establece que el tribunal de alzada, al confirmar en parte la
- Así también, estableció la jurisprudencia al resolver casos similares mediante Autos Supremos Nos
- En consecuencia, en cuanto al recurso de la empresa demandada, al no ser ciertas la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas por ser ambas partes recurrentes
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
