Del memorial del recurso de casación (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs. 322 a 343), resuelto por Auto de Vista 152/2014 de 14 de noviembre, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada, lo que motivó la interposición del recurso de casación.
I.1.1. Motivos del recurso
Del memorial del recurso de casación (fs. 363 a 367) y del Auto Supremo 754/2014-RA de 19 de diciembre (fs. 373 a 375 vta.) dictado en el caso de autos, se extraen las denuncias a ser analizadas en la presente Resolución, aspectos sobre los cuales, este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ)
- Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2014, que cursa de fs
- a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 12/2013 de 26 de
- Del memorial del recurso de casación (fs
- 2) Por otra parte, denuncia que se restringió su derecho a la defensa técnica al
- El recurrente solicita que se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y se
- Mediante Auto Supremo 754/2014-RA de 19 de diciembre, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- II.2. De la apelación restringida del imputado Mario Aparicio
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,
- Observando al efecto que, no debía ser incorporada ni valorada la declaración informativa de
- Respecto a la denuncia de la vulneración de su derecho a la defensa e ilegal
- Finalmente con relación al agravio referido a que a su abogado defensor no se le
- Es así que, este Tribunal en forma constante ha venido señalando en cuanto al vicio
- Al respecto el Tribunal de alzada manifestó a través del Auto de Vista impugnado que
- Por otra parte, el recurrente denuncia también que el Tribunal de alzada no se pronunció
- Razones por las que se evidencia que el Tribunal de apelación expresamente dio respuesta fundamentada
- Por lo expuesto se concluye que la denuncia formulada por el recurrente no es cierta,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
