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    Auto Supremo AS/0272/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0272/2015-RRC

    Fecha: 27-Abr-2015

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    • Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2014, cursante de fs
    • El recurso de casación de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes
    • 1) El recurrente denuncia “INOBSERVANCIA O ERRÓNEA APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA” (sic), arguyendo que
    • 2) Bajo el título “SE BASA EN HECHOS NO ACREDITADOS Y EN VALORACION DEFECTUOSA DE
    • Mediante Auto Supremo 016/2015-RA de 8 de enero, cursante de fs
    • II.1. De las acusaciones
    • II.2. De la Sentencia
    • El Tribunal de Sentencia de Santa Ana del Yacuma, luego de celebrar el Juicio oral,
    • c) En base a las pruebas descritas, el Tribunal tomó conocimiento que el autor intelectual
    • II.3. De la apelación restringida
    • El imputado, Jaime Martínez Jiménez, por memorial de fs
    • ii) Refiere que la Sentencia se basa en hechos no acreditados y en valoración defectuosa
    • II.4. Del Auto de Vista
    • Se pronunció el Auto de Vista 04/2014 de 25 de agosto, emitido por la Sala
    • 2) De otro lado, con relación a los defectos de Sentencia establecidos en el art
    • 3) En cuanto a que la Sentencia se basaría en hechos no acreditados y en
    • III.1. Marco legal y doctrinal
    • III.1.1. Obligación de los Tribunales de impugnación de circunscribir sus pronunciamientos a las cuestiones planteadas
    • Al respecto, este Tribunal Supremo de Justicia, estableció amplia doctrina legal, como la contenida en
    • Por otra parte, con la finalidad de establecer si toda denuncia por falta de pronunciamiento
    • III.1.2. Principios de congruencia y su aplicación en el sistema procesal penal vigente
    • Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
    • El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia
    • La fundamentación y motivación de resoluciones implica el deber jurídico de explicar y justificar de
    • En cuanto a algunas de las circunstancias descritas en el citado art
    • En cuanto a la figura de la alevosía, ésta existe cuando se mata en forma
    • Para la existencia de la alevosía, no basta lo inesperado del ataque ni la inadvertencia
    • Por otra parte debe tenerse presente que si la conducta del agente está destinada a
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • De la revisión del Auto de Vista impugnado, se observa que el Tribunal de apelación,
    • De lo expuesto, se establece que no es evidente la vulneración del principio de congruencia
    • Finalmente, respecto a la supuestas contradicciones alegadas por el recurrente en apelación, consistentes en que
    • Por lo expuesto, advirtiendo que el Tribunal de alzada se pronunció sobre cada uno de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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