Auto Supremo AS/0272/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2015-RRC

Fecha: 27-Abr-2015

2) De otro lado, con relación a los defectos de Sentencia establecidos en el art


2) De otro lado, con relación a los defectos de Sentencia establecidos en el art. 370 incs. 1) y 6) del CPP, el Tribunal de apelación estableció que: i) Sobre el reclamo que no se habría demostrado los presupuestos fútiles o bajos, observó que el acusado actuó bajo móviles fútiles y bajos, conforme acertadamente lo entendió y analizó el Tribunal de sentencia, observando que el acusado sacó a empujones hacia afuera al francés cuando este hacía reclamos, luego le disparó no sólo una vez sino dos veces existiendo una desproporción exagerada, además se entiende que Fannie por el simple hecho de ser mujer se encontraba en una situación de desproporción; ii) En cuanto a la falta de prueba que demuestre la alevosía y ensañamiento, señaló el Tribunal de apelación que de la declaración de Erwin Melgar Villegas, se desprende que estos elementos concurren porque las víctimas no tenían la mínima posibilidad de defenderse, al haber sido atacados por un arma de fuego situación que les ponía en desproporción; iii) Sobre el presupuesto de facilitar, consumar o ocultar otro delito, o asegurar su resultado, señaló el Tribunal de apelación que si bien se lo absolvió por el delito de Violación agravada, no fue porque no existía prueba, sino que la misma no fue suficiente lo que generó duda razonable; en cambio, respecto al asesinato, el imputado victimó inicialmente al esposo y para no dejar testigos también asesinó a Fannie; finalmente, respecto al presupuesto de vencer la resistencia de la víctima o evitar que el delincuente sea detenido, el Tribunal de apelación precisó que, para la concurrencia del delito de Asesinato, sólo debe concurrir alguna de las circunstancias reflejadas en el art. 252 del CP