Sobre el particular, de la revisión de obrados se evidencia que en la confesión provocada
Sobre el particular, de la revisión de obrados se evidencia que en la confesión provocada si bien el actor señaló tener conocimiento de los estatutos y normativa de la Cooperativa COSAALT, sin embargo, en ninguna parte de dicha confesión se hace responsable de los cargos impuestos, así tampoco el recurrente en la pregunta 25 del cuestionario de confesión admite o deslinda responsabilidad alguna limitándose a señalar que “las tuberías se obligaron a devolver de acuerdo a convenio suscrito” que la certificación de fs. 444 Simplemente menciona que pese al vencimiento del convenio no se cumplió con la devolución de las tuberías prestadas; ahora bien no consta en obrados proceso interno, que acredite los cargos impuestos al actor, al contrario se evidencia la decisión unilateral de parte del empleador al determinar el despido del actor, aspecto que ya fue valorado por el tribunal ad quem
- Auto Supremo Nº 76/2015-L
- Expediente: TJA.409/2010
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- En grado de apelación, deducido por la entidad demandada de fs
- Que, contra el referido auto de vista, la Cooperativa de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario
- b) Incongruencia en la sentencia toda vez que el actor demanda el pago de sueldos
- b) En cuanto al recurso de casación de forma también se basa en el ilegal
- Asimismo el considerando dos inc
- Concluyó solicitando que se case el auto de vista impugnado y deliberando en el fondo
- I.- Recurso de casación en la forma
- En este punto es necesario aclarar que el recurso de casación en la forma debe
- Con relación a los reclamos en los incisos a) y b) en cuanto a la
- Al respecto, cabe señalar que de la revisión de los antecedentes del proceso estos extremos
- c) Sobre la denuncia que existió errónea aplicación del art
- Sobre el particular, de la revisión de obrados se evidencia que en la confesión provocada
- d) En cuanto a la defectuosa valoración de la prueba documental de cargo, respecto de
- Consiguientemente, al no estar demostrada la infracción de las normas laborales y constitucionales denunciadas por
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
