Auto Supremo AS/0077/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0077/2015-L

Fecha: 05-May-2015

CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos del recurso de casación, se realiza las siguientes consideraciones

CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos del recurso de casación, se realiza las siguientes consideraciones para resolución:
De la lectura del recurso, se colige que el recurrente aduce tres aspectos que fundamentan su pretensión: el primero, relacionado al pago de indemnización del último quinquenio, que considera no debe ser cancelado al actor por haber adecuado su conducta a lo instituido por los arts. 16.e) de la Ley General del Trabajo y 9.e), g) de su Decreto Reglamentario, debiendo por tanto la deuda pendiente ser deducida de sus derechos laborales; segundo, la indebida aplicación del art. 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006 sin considerar que el despido fue por causa justificada y la actualización de beneficios sociales procede siempre que la tardanza en el pago no sea imputable al trabajador; y, tercero, la violación a los preceptos constitucionales de seguridad jurídica, debido proceso, legítima defensa e igualdad jurídica, al no haberse llegado a conciliar por su desistimiento respecto a la reincorporación solicitada ante la Dirección Departamental del Trabajo, para luego proceder a demandar ante la judicatura laboral el pago de beneficios sociales