Auto Supremo AS/0100/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2015-L

Fecha: 12-May-2015

CONSIDERANDO II: Que, en mérito al contenido del recurso de casación descrito, se hace

Concluye solicitando de manera contradictoria que, la Corte Suprema de Justicia de conformidad con el art. 271 numeral 3) y art. 49 del CPC. se pronuncie casando el auto de vista y declarar improbada la demanda.
CONSIDERANDO II: Que, en mérito al contenido del recurso de casación descrito, se hace necesario realizar las siguientes consideraciones:
El recurso de casación, en el marco de la naturaleza del instituto, se equipara a una nueva demanda de puro derecho en el que deben cumplirse con determinados requisitos formales establecidos expresamente en el art. 258 del CPC