Auto Supremo AS/0109/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0109/2015-L

Fecha: 12-May-2015

Del referido Auto de Vista, N° 561/2009 de 24 de diciembre, Carlos Carrillo Arteaga, Gerente


Del referido Auto de Vista, N° 561/2009 de 24 de diciembre, Carlos Carrillo Arteaga, Gerente Grandes Contribuyentes (GRACO) Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), interpuso el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 217 a 219, en el que expresa:

En el recurso en la forma, indica que el Auto de Vista impugnado, incumplió lo previsto en el Auto Supremo N° 819 de 29 de noviembre de 2077, en relación con la coherencia, razonabilidad, previsibilidad, pertinencia y exhaustividad de las resoluciones judiciales, pues el Auto de Vista N° 561/2009, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz, al incumplir la jurisprudencia citada, violó el derecho al debido proceso, además de haber desacatado lo dispuesto por el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, incurriendo en la causal de procedencia del recurso de casación en la forma, prevista en el inc. 4) del art. 254 del Código de Procedimiento Civil, correspondiendo en consecuencia la nulidad de obrados hasta el Auto de Vista N° 561 de 24 de diciembre de 2009