Auto Supremo AS/0109/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0109/2015-L

Fecha: 12-May-2015

En virtud de lo anterior, se establece que en función de la interpretación realizada por


En virtud de lo anterior, se establece que en función de la interpretación realizada por el Tribunal Constitucional, al restablecer la vigencia del procedimiento contencioso tributario, repuso en los hechos, la vigencia de los arts. 174, así como 214 al 302, pues el primero de los señalados, es el que da posibilidad de inicio a la aplicación de los siguientes, de donde resulta que fue la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, que anuló indebidamente el proceso al pronunciar el Auto Supremo N° 422/2008 de 20 de noviembre, sin tomar en cuenta el restablecimiento de la vigencia de las norma indicadas