Auto Supremo AS/0141/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2015

Fecha: 12-May-2015

Finalmente, en cuanto al reclamo relativo a la multa del 30%, se establece que, al

Finalmente, en cuanto al reclamo relativo a la multa del 30%, se establece que, al haberse determinado que el actor fue retirado de manera intempestiva y al no haber cancelado en su oportunidad el total de los beneficios sociales reconocidos por ley a favor del trabajador, corresponde aplicar la sanción de la multa prevista en el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, concordante con la Resolución Ministerial Nº 447 de 8 de julio de 2009, extremos que no fueron tomados en cuenta por los tribunales de instancia a tiempo de emitir sus resoluciones