Auto Supremo AS/0214/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2015-RRC-L

Fecha: 11-May-2015

c) En los puntos 3, 4, 5, 10 y 11 de su recurso de apelación


c) En los puntos 3, 4, 5, 10 y 11 de su recurso de apelación restringida, alegaron la existencia de los defectos previstos por los incs. 5) y 6) del art. 370 del CPP, pues la Sentencia no contendría el relato de los hechos de manera cronológica, y la fundamentación de como adquirió el conocimiento de los mismos, así como tampoco habría fundamentado las razones por las cuales considera creíble o no las declaraciones de los testigos de cargo y de descargo; haciendo referencia a las declaraciones testificales de cargo, los recurrentes refieren que el A quo alegó “pruebas con las que se demuestra que los hechos cometidos por los imputados constituyen delitos contra el honor del querellante ya que estás también fueron enviadas a la Clínica del Sur a fin de desprestigiarlo”, sin explicar cómo llego a tal convicción; agrega también que en juicio se aceptó la incorporación de prueba extraordinaria de cargo, consistente en todo lo obrado en la Caja Nacional de Salud, conteniendo los SMS, llamadas etc., prueba que tampoco habría sido valorada por el Juez a quo; finalmente refiere que no existe una valoración conjunta y armónica de toda la prueba producida