Auto Supremo AS/0214/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2015-RRC-L

Fecha: 11-May-2015

g) En los puntos 12, 13 y 14 de su apelación restringida, los recurrentes denuncian


g) En los puntos 12, 13 y 14 de su apelación restringida, los recurrentes denuncian que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc. 10) del art. 370 del CPP, pues no se habría determinado el grado de participación de cada uno, incumpliendo las previsiones contenidas en los arts. 20, 22 y 23 del CP, tampoco se habría fijado con precisión la sanción que corresponde por cada delito, la forma y lugar de cumplimiento; por otro lado alega que si bien fueron absueltos de la comisión del delito de Calumnias, esta fue sin costas ni declaración de temeridad, lesionando los arts. 270 y 365 del CPP; por otro lado refieren que una sentencia no puede ser condenatoria y absolutoria al mismo tiempo; que la Sentencia hizo referencia al art. 366 del CPP, cuando la Sentencia es condenatoria con pena privativa de libertad; por lo que, no correspondía tal mención