Auto Supremo AS/0214/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2015-RRC-L

Fecha: 11-May-2015

I.1.2. Petitorio


Los recurrentes, invocaron como precedente el Auto Supremo 349 de 28 de agosto de 2006 –admitido para el análisis de fondo-, alegan que en apelación restringida denunciaron la inobservancia de la ley sustantiva y la violación de garantías constitucionales; empero, el Tribunal de alzada habría resuelto con fundamentos simples, señalando que no puede revalorizar la prueba y que no se hizo reserva de apelación, omitiendo el control del principio de legalidad, que habrían denunciado con la falta de fundamentación de la Sentencia; haciendo referencia al Auto Supremo 166 de 12 de mayo de 2005, concerniente a que la falta de un elemento del tipo es suficiente para que el hecho no constituya delito; refieren que la Sentencia no habría precisado las circunstancias, tiempo, lugar y el grado de participación de sus personas, habiéndose limitado a hacer una relación de documentos e incumpliendo los requisitos de una resolución fundamentada por no ser expresa, clara, completa y lógica; defectos de la Sentencia que no habrían sido observados por el Tribunal de alzada, omitiendo su deber de resguardo a la seguridad jurídica y el debido proceso; añadiendo que el defecto que denunciaron en apelación no requiere la reserva de apelación, por ser violatorio del debido proceso y constituir defecto absoluto al tenor del art. 169 inc. 3) del CPP.

I.1.2. Petitorio