Auto Supremo AS/0214/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2015-RRC-L

Fecha: 11-May-2015

Con base a lo expuesto, en aplicación del art


Con base a lo expuesto, en aplicación del art. 419 del CPP, corresponde DEJAR SIN EFECTO la resolución impugnada, a fin de que el Tribunal de alzada, emita nueva resolución que no contenga fundamentación contradictoria capaz de devastarse recíprocamente, y por otro lado, exponga sus fundamentos de manera expresa y clara, haciendo publica las razones de su decisorio, permitiendo de esa manera el control del inter lógico seguido por el Tribunal de alzada, logrando el convencimiento de las partes sobre la corrección de la decisión asumida, haciendo efectivo el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 115.I de la CPE, en cuanto a la protección oportuna y efectiva de las partes procesales, en cuanto a sus pretensiones; por lo que este Tribunal constata que el Auto de Vista ahora sujeto de control de legalidad, es contradictorio al precedente invocado