Auto Supremo AS/0304/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0304/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

Siendo hechos no probados; a) Que no se demostró que el imputado incurrió en el


Como segundo hecho probado, concluyó que a consecuencia del accidente falleció Robin Menacho Aguilar, y de acuerdo a las pruebas presentadas por el Ministerio Público, y las declaraciones de los testigos que manifestaron que al acusado se le hizo un primer test de alcoholemia que salió con influencia alcohólica de 1.5, y al día siguiente se realizó el segundo test de alcoholemia que resultó negativo “lo cual generó duda razonable en el pleno del tribunal sobre el verdadero estado del imputado en el momento del hecho (…) el protagonista del accidente se encontraba sobrio”.

Siendo hechos no probados; a) Que no se demostró que el imputado incurrió en el delito de Omisión de socorro; y, b) Que el Ministerio Público y querellante presentaron prueba de alcoholemia de 25 de marzo de 2009, que dio como resultado que el imputado tenía 1.5 mg; en cambio la defensa presentó otra prueba de descargo dispuesta por requerimiento fiscal –pero curiosamente no fue presentada por el Ministerio Público por el principio de objetividad- que dio resultado 0,0 mg que según la perito fue tomada dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente ratificando que no se encontró alcohol en el organismo del acusado