Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial
Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de la ciudad de Cochabamba en fecha 30 de enero de 2010 pronunció Auto de Vista donde confirma la Sentencia con la modificación de dejarse sin efecto el pago de daños y perjuicios, sin costas por la modificación;en contra de esta Resolución los demandados interpusieron recurso de casación en el fondo y en la forma
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Sentencia de primera instancia Walter Carlos Torrico Moya por sí y en representación
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial
- Que, los recurrentes en su recurso señalan lo siguiente
- Indican además que el art
- Finalmente en lo atinente al pago de los intereses y daños y perjuicios, consideran que
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De lo que se colige, toda nulidad debe ser reclamada oportunamente a través de los
- Los recurrentes señalan que ha habido error en la apreciación de la prueba sin embargo
- Finalmente lo referido al pago de intereses, daños y perjuicios; este reclamo resulta ser impertinente
- Por todas las consideraciones realizadas, no se advierte la infracción de la normas citada por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
