Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 306/2015-RRC
Sucre, 20 de mayo de 2015
Expediente: Potosí 28/2014
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Luis Vera Romero
Delitos: Contratos Lesivos al Estado y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2014, cursante de fs. 232 a 240, Luis Vera Romero, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 35/2014 de 19 de noviembre, de fs. 220 a 225 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Empresa Minera Catavi representada por Iblin Cavero Gonzáles contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Contratos Lesivos al Estado, Peculado y Falsificación de Documento Privado, previstos y sancionados por los arts. 221, 142 y 200 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 306/2015-RRC
Sucre, 20 de mayo de 2015
Expediente: Potosí 28/2014
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Luis Vera Romero
Delitos: Contratos Lesivos al Estado y otros
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2014, cursante de fs. 232 a 240, Luis Vera Romero, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 35/2014 de 19 de noviembre, de fs. 220 a 225 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Empresa Minera Catavi representada por Iblin Cavero Gonzáles contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Contratos Lesivos al Estado, Peculado y Falsificación de Documento Privado, previstos y sancionados por los arts. 221, 142 y 200 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2014, cursante de fs
- Del memorial de recurso de casación, que cursa de fs
- 1) Inicialmente el recurrente, hace una remembranza de los antecedentes del proceso, resaltando que la
- II.1. De las acusaciones
- II.2. De la Sentencia
- Notificada la representante de la Empresa Minera Catavi, con la referida Sentencia, formuló recurso de
- II.4. Del Auto de Vista
- Radicada la apelación restringida en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- En relación a la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva y adjetiva, emergente
- En el presente proceso corresponde analizar y resolver los motivos contenidos en el recurso de
- El art
- En caso de que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Análisis de los motivos alegados en casación
- III.2.1. Respecto a la apelación formulada a la decisión de exclusión probatoria
- En el primer motivo del recurso, el recurrente alega la violación al debido proceso en
- En caso de que el recurrente haya equivocado el anuncio del recurso y haya interpuesto
- III.2.2. En cuanto a la denuncia de revalorización probatoria
- En el caso de Autos, el recurrente afirma que el Tribunal de apelación al resolver
- En consecuencia, no se advierte que el Auto de Vista impugnado sea contrario al precedente
- III.2.3. Sobre la denuncia de pronunciamiento ultra petita
- En el tercer motivo, el recurrente acusa que el Tribunal de alzada de manera ultra
- El Auto Supremo 251 /2012 de 17 de septiembre, fue dictado dentro de una causa
- Con estos antecedentes, estableció la siguiente doctrina legal aplicable: “El debido proceso, considerado como instrumento
- En el caso de autos, el recurrente afirma que el Tribunal de alzada al resolver
- Respecto a los precedentes invocados se tiene, que el primero dejó sin efecto el Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
