III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON EL PRECEDENTE INVOCADO
En el presente recurso de casación admitido para su análisis de fondo ante la invocación de precedente contradictorio, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada al emitir el Auto de Vista impugnado, incurrió en incongruencia omisiva; en cuyo mérito, corresponde analizar y resolver el motivo contenido en el recurso, conforme los límites establecidos en el Auto Supremo de admisión 080/2015-RA de 3 de febrero. A ese fin, antes de identificar los entendimientos asumidos en el precedente invocado por el recurrente y el análisis particular de la casación, resulta menester efectuar una precisión sobre la labor de contraste en el recurso de casación por parte del Tribunal Supremo.
III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2014, cursante de fs
- a) Por Sentencia 007/2012 de 25 de octubre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Lourdes Nava Rojas, formuló recurso de apelación
- La recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido
- Por Auto Supremo 080/2014-RA de 3 de febrero, este Tribunal declaró admisible el recurso
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 007/2012 de 25 de octubre (fs
- II.2. Recurso de apelación restringida
- a) En el punto 2 del recurso de apelación restringida, la imputada alegó: i) Bajo
- b) En el punto 5 del mismo recurso, bajo el acápite de “PRESCRIPCIÓN DE LA
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista 54/2014 de
- En los puntos, 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 10 y 11, de la
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- III.2. Del precedente invocado
- El recurrente invocó el Auto Supremo 49/2012 de 16 de marzo, dictado dentro del proceso
- Conforme lo desarrollado en el acápite III
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
