Auto Supremo AS/0315/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0315/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista 54/2014 de


La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista 54/2014 de 15 de agosto, en virtud al Auto Supremo 230/2014-RRC de 9 de junio, que dejó sin efecto la resolución 77/2013 de 4 de octubre; bajo los siguientes argumentos expuestos en el tercer considerando, punto 3:

“La apelante reclama que no existiría notificación con la querella, sobre este cuestionamiento se aclara a la recurrente que existe el modo procesal oportuno denominado Incidente de Nulidad de Notificación, que debió ser utilizado en su oportunidad y por ante el Tribunal de la causa, y no así ante este Tribunal de Alzada cuya labor, en apelación restringida, está limitada a revisar la estructura y el contenido de la Sentencia, asimismo, tanto los reclamos de índole incidental como el de la usencia de la acusada en la audiencia de “Saneamiento” no cuentan con el requisito denominado Presupuesto de Procedibilidad ya que sus reclamos son realizados equivocadamente ante este Tribunal de Alzada, cuando de manera primigenia debió realizarlos ante el Tribunal de Sentencia, para procurar lo que en Derecho y en su interpretación corresponda, consiguientemente, los reclamos resultan fuera de término e insuficientes” (sic)