La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por María Lourdes Nava Rojas contra el Auto de Vista 54/2014 de 15 de agosto
- Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2014, cursante de fs
- a) Por Sentencia 007/2012 de 25 de octubre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Lourdes Nava Rojas, formuló recurso de apelación
- La recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido
- Por Auto Supremo 080/2014-RA de 3 de febrero, este Tribunal declaró admisible el recurso
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 007/2012 de 25 de octubre (fs
- II.2. Recurso de apelación restringida
- a) En el punto 2 del recurso de apelación restringida, la imputada alegó: i) Bajo
- b) En el punto 5 del mismo recurso, bajo el acápite de “PRESCRIPCIÓN DE LA
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista 54/2014 de
- En los puntos, 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 10 y 11, de la
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- III.2. Del precedente invocado
- El recurrente invocó el Auto Supremo 49/2012 de 16 de marzo, dictado dentro del proceso
- Conforme lo desarrollado en el acápite III
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
