Auto Supremo AS/0316/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0316/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

“…En cuanto a la presunción de inocencia, el art


Tomando en cuenta que el primer motivo denunciado por los recurrentes fue admitido vía flexibilización, a efectos de resolver el mismo, es importante realizar algunas consideraciones respecto al principio de presunción de inocencia que fue invocado como agravio, al respecto el Auto Supremo 071/2014-RRC de 28 de marzo estableció lo siguiente:

“…En cuanto a la presunción de inocencia, el art. 6 del CPP, determina: ‘Todo imputado será considerado inocente y tratado como tal en todo momento, mientras no se declare su culpabilidad en sentencia ejecutoriada. No se podrá obligar al imputado a declarar en contra de sí mismo y su silencio no será utilizado en su perjuicio. La carga de la prueba corresponde a los acusadores y se prohíbe toda presunción de culpabilidad. En el caso del rebelde, se publicarán únicamente los datos indispensables para su aprehensión’