Por memorial presentado el 31 de diciembre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 316/2015-RRC
Sucre, 20 de mayo de 2015
Expediente: Potosí 1/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Jimmy Rodríguez Campos y otra
Delito: Robo y otro
Magistrada Relatora: Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 31 de diciembre de 2014, cursante de fs. 270 a 273 vta., Melina Ruth Pereira Flores y Jimmy Rodríguez Campos, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 38/2014 de 8 de diciembre cursante de fs. 263 a 265 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Candelaria Flores Chacón y Edwin Humberto Pereira Flores contra los recurrentes, por los presuntos delitos de Robo y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 331 y 332 incs. 2) del Código Penal (CP) respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 316/2015-RRC
Sucre, 20 de mayo de 2015
Expediente: Potosí 1/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Jimmy Rodríguez Campos y otra
Delito: Robo y otro
Magistrada Relatora: Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 31 de diciembre de 2014, cursante de fs. 270 a 273 vta., Melina Ruth Pereira Flores y Jimmy Rodríguez Campos, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 38/2014 de 8 de diciembre cursante de fs. 263 a 265 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Candelaria Flores Chacón y Edwin Humberto Pereira Flores contra los recurrentes, por los presuntos delitos de Robo y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 331 y 332 incs. 2) del Código Penal (CP) respectivamente
- Por memorial presentado el 31 de diciembre de 2014, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Primero de Sentencia del
- a) Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Candelaria Flores Chacón y Edwin Pereira Flores,
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- II.2. De la apelación restringida
- II.3. Del Auto de Vista
- III.1. En cuanto a la denuncia de vulneración del principio de presunción de inocencia
- “…En cuanto a la presunción de inocencia, el art
- Esta garantía, es la que inspira al proceso penal de un Estado democrático de derecho,
- III
- En lo referente al segundo motivo, los recurrentes invocan como precedente, el Auto Supremo 443
- La Corte Suprema de Justicia, intérprete de la ‘legalidad’, cumple una función unificadora de la
- Que el Tribunal de Casación ha establecido una línea doctrinal concerniente a los aspectos que
- Que el penalista Franz Von Liszt, conceptualiza: ‘La pena como un mal que el Juez
- Establecido el precedente contradictorio para la labor de contrastación con el Auto de Vista impugnado,
- Al respecto, el Auto de Vista impugnado con relación al defecto de sentencia incurso en
- En cuanto al precedente contradictorio invocado, si bien expresa que la fundamentación como componente del
- De lo anotado, se concluye que el Auto de Vista impugnado ejerció su labor resolviendo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
