Auto Supremo AS/0335/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2015

Fecha: 18-May-2015

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 1327 a 1328 vta., interpuesto por Pedro Sánchez Aguilar en representación de Emilio Sánchez Aguilar, contra el Auto de Vista Nº 30/2010 de 29 de enero de 2010 de fs. 1322 a 1324 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Oruro (hoy Tribunal Departamental), en el proceso de Resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Pedro Celestino Sánchez Aguilar y Otro contra José Sánchez Aguilar, concesión de fs. 1333, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Sexto de Partido en lo Civil de la ciudad Oruro, dictó Sentencia No. 277/2009 de fecha 5 de junio de 2009 cursante de fs. 1259 a 1261 vta., por el que declara IMPROBADA la demanda de fs. 40 a 41, PROBADA la Excepción de Prescripción planteado por el demandado e IMPROBADAS las excepciones de Falta de Acción y Derecho e improcedencia de la demanda también planteada por la parte demandada. Complementada por Auto de fs. 1291 de 26 de octubre de 2009