Auto Supremo AS/0335/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2015

Fecha: 18-May-2015

Otro aspecto a considerar a efectos de resolver el recurso de casación, encontramos en el

Otro aspecto a considerar a efectos de resolver el recurso de casación, encontramos en el art. 1508 del Código Civil que refiere: “Prescribe a los tres años el derecho al resarcimiento del daño que causa un hecho ilícito o generador de responsabilidad, contados desde que el hecho se verificó”; que resulta importante considerar en razón al desacuerdo que muestra el actor con el transcurso del tiempo a efectos establecer la producción de prescripción conforme a la norma señalada supra, afirmando que debiera correr o computarse desde que el Poder hubiera sido revocado, aspecto que nada tiene que ver con la culminación de la ejecución de las obras en los que presuntamente se habría generado el hecho ilícito al que refieren en la demanda, transcurriendo los tiempos para exigir se hagan los respectivos informes o rendición de cuentas por su manejo