Auto Supremo AS/0227/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

Con relación al tercer motivo, en el que señaló la existencia de errónea aplicación del


Con relación al tercer motivo, en el que señaló la existencia de errónea aplicación del marco penal de parte del Tribunal de Apelación porque no se explicó cual la fundamentación en la que se apoya para sustentar la sanción por el tipo penal de Apropiación Indebida, cuando se encontraba demostrada la comisión del delito de Estafa, incumpliendo el principio del IURA NOVIT CURIA que es vinculante a la autoridad llamada por ley para corregir errores del inferior y no para convalidar dichos errores; por cuanto, condicionar el engaño a la existencia de capacidad de parte del sujeto activo es crear un nuevo cause al sentido del dolo dado por el legislador ordinario al tipo penal de Estafa