Auto Supremo AS/0283/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0283/2015-RRC-L

Fecha: 08-Jun-2015

De ahí que el Auto de Vista no incurrió en contradicción con el precedente contradictorio


De ahí que el Auto de Vista no incurrió en contradicción con el precedente contradictorio invocado al efecto, ya que se explicó los motivos de hecho y de derecho; asimismo, el Tribunal de alzada analizó todos los elementos argumentados en el recurso de apelación restringida de los cuales con la debida fundamentación los declaró improcedentes, realizando un análisis objetivo de los mismos; por lo cual, la existencia de contradicción en la que hubiere incurrido respecto del precedente invocado no es evidente, pues al emitir el Auto de Vista, no se quebrantó el marco procesal referido a su labor al momento de responder de manera fundada a todos los aspectos consignados en el recurso de apelación restringida, sin entrar en contradicción con el precedente invocado, ni incurrir en defecto alguno emergente de su obligación legal; en consecuencia, el recurso interpuesto deviene en infundado