En el caso de Autos se establece, que el 11 de marzo y 10 de
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de Autos se establece, que el 11 de marzo y 10 de junio ambos de 2014, la parte acusadora y el imputado fueron notificados con el Auto de Vista impugnado y su Auto Complementario y el 14 de marzo y 16 junio del mismo año, formularon recursos de casación; en consecuencia, ambos recursos fueron presentados dentro del plazo de cinco días hábiles que les otorga la ley, cumpliendo de esta forma con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP, correspondiendo verificar si los recurrentes han cumplido con los demás requisitos de admisibilidad
- Por memoriales presentados el 14 de marzo y 16 de junio ambos de 2014, cursantes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1 Del recurso de casación de Indira Barrientos Mansilla
- La recurrente inicia señalando que desaparecieron tres cuerpos del proceso, en los cuales habrían estado
- II.2. Del recurso de casación de Doroteo De Jesús de Ponce
- 1) El recurrente previa mención a los presupuestos de flexibilización para la admisión del recurso
- 3) Bajo el epígrafe de “Violación al derecho del debido proceso en su componente de
- 5) Con el título “CONTRADICCIONES INCURRIDAS POR LA SALA PENAL SEGUNDA AL DICTAR SU AUTO
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de Autos se establece, que el 11 de marzo y 10 de
- IV.1. Del recurso de casación de Indira Barrientos Mansilla
- IV.2. Del recurso de casación de Doroteo De Jesús Ponse
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
