II.2. Del recurso de casación de Doroteo De Jesús de Ponce
Finalmente, la recurrente señala que la Sentencia incurre en los defectos previstos por el art. 370 incs. 5) y 11) del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin que los mismos hayan sido modificados por el Tribunal de alzada, pese a que la acusación habría señalado que el autor material es Doroteo De Jesús de Ponce y el autor intelectual es Ángel Torrico Castro. Concluye indicando que por el tema de coautoría, no es posible que se absuelva al autor intelectual y sólo se condene al autor material; cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 170/2013 de 14 de junio, 200/10 de 27 de abril y 724/04 de 29 de noviembre.
II.2. Del recurso de casación de Doroteo De Jesús de Ponce
- Por memoriales presentados el 14 de marzo y 16 de junio ambos de 2014, cursantes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1 Del recurso de casación de Indira Barrientos Mansilla
- La recurrente inicia señalando que desaparecieron tres cuerpos del proceso, en los cuales habrían estado
- II.2. Del recurso de casación de Doroteo De Jesús de Ponce
- 1) El recurrente previa mención a los presupuestos de flexibilización para la admisión del recurso
- 3) Bajo el epígrafe de “Violación al derecho del debido proceso en su componente de
- 5) Con el título “CONTRADICCIONES INCURRIDAS POR LA SALA PENAL SEGUNDA AL DICTAR SU AUTO
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de Autos se establece, que el 11 de marzo y 10 de
- IV.1. Del recurso de casación de Indira Barrientos Mansilla
- IV.2. Del recurso de casación de Doroteo De Jesús Ponse
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
