La recurrente inicia señalando que desaparecieron tres cuerpos del proceso, en los cuales habrían estado
La recurrente inicia señalando que desaparecieron tres cuerpos del proceso, en los cuales habrían estado las pruebas que incriminarían a Ángel Torrico Castro, quién a decir de la recurrente habría contratado al autor material Doroteo De Ponce Jesús, a través de su sobrino Freddy Fuentes; a continuación, transcribe inextenso la declaración ampliatoria de Doroteo De Jesús Ponce, declaración que indica habría desaparecido por designios de Ángel Torrico Castro y sus asesores para dejar en la impunidad el hecho, prueba que al ser presentada en juicio fue rechazada. Acusa también que el Tribunal de apelación habría rechazado la prueba testifical del abogado de Doroteo De Jesús Ponce, con lo cual se habría coartado los derechos de la víctima, lo que permitió ratificar la sentencia por demás espuria, protegiendo al principal acusado Ángel Torrico Castro
- Por memoriales presentados el 14 de marzo y 16 de junio ambos de 2014, cursantes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1 Del recurso de casación de Indira Barrientos Mansilla
- La recurrente inicia señalando que desaparecieron tres cuerpos del proceso, en los cuales habrían estado
- II.2. Del recurso de casación de Doroteo De Jesús de Ponce
- 1) El recurrente previa mención a los presupuestos de flexibilización para la admisión del recurso
- 3) Bajo el epígrafe de “Violación al derecho del debido proceso en su componente de
- 5) Con el título “CONTRADICCIONES INCURRIDAS POR LA SALA PENAL SEGUNDA AL DICTAR SU AUTO
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de Autos se establece, que el 11 de marzo y 10 de
- IV.1. Del recurso de casación de Indira Barrientos Mansilla
- IV.2. Del recurso de casación de Doroteo De Jesús Ponse
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
