Ahora si bien alude errónea interpretación de la norma y errónea valoración de la prueba
Ahora si bien alude errónea interpretación de la norma y errónea valoración de la prueba de hecho y de derecho, pero, no específica que normas se hubiesen erróneamente interpretado o que pruebas se hubiera erróneamente valorado, extremo que inviabiliza que este Tribunal pueda ingresar a realizar un análisis del caso en cuestión por la falta de precisión, de cual la norma erróneamente valorada o cual la interpretación que debió otorgarse en la causa, lo mismo sucede en el caso de las pruebas, resultando improcedente este punto por los motivos anotados
- Partes: Elías Flores Aguilar. C/ Marcelina Flores Aguilar y otro
- CONSIDERANDO I:
- CONSIDERANDO II:
- 2
- 3
- CONSIDERANDO III:
- Al margen de lo anotado, si lo que pretendía o trataba de enfocar el recurrente
- En su segundo punto, de manera genérica o confusa hace alusión a varios extremos como
- En cuanto a este impreciso agravio, podemos empezar señalando que cuando acusa la violación
- Empero, de manera confusa el recurrente afirma que el art
- Ahora si bien alude errónea interpretación de la norma y errónea valoración de la prueba
- Y por último en cuanto a la errónea aplicación del art
- Por las razones expuestas corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia fallar en la forma
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Rómulo Calle Mamani
