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    Auto Supremo AS/0371/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0371/2015

    Fecha: 02-Jun-2015

    En su segundo punto, de manera genérica o confusa hace alusión a varios extremos como

    En su segundo punto, de manera genérica o confusa hace alusión a varios extremos como incorrecta aplicación del art. 17 de la LOJ, incorrecta aplicación de las normas y valoración errónea de la prueba de hecho y derecho
    • Partes: Elías Flores Aguilar. C/ Marcelina Flores Aguilar y otro
    • CONSIDERANDO I:
    • CONSIDERANDO II:
    • 2
    • 3
    • CONSIDERANDO III:
    • Al margen de lo anotado, si lo que pretendía o trataba de enfocar el recurrente
    • En su segundo punto, de manera genérica o confusa hace alusión a varios extremos como
    • En cuanto a este impreciso agravio, podemos empezar señalando que cuando acusa la violación
    • Empero, de manera confusa el recurrente afirma que el art
    • Ahora si bien alude errónea interpretación de la norma y errónea valoración de la prueba
    • Y por último en cuanto a la errónea aplicación del art
    • Por las razones expuestas corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia fallar en la forma
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Rómulo Calle Mamani

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