El art
El art. 416 del CPP, instituye que: “El recurso de casación procede para impugnar autos de vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por otras Cortes Superiores o por la sala penal de la Corte Suprema”, en esa línea el art. 419 del CPP, establece como formas de resolución de aquel recurso dos supuestos, a saber: “Si existe contradicción la resolución establecerá la doctrina legal aplicable, caso contrario lo declarará infundado y devolverá los antecedentes a la Corte Superior de Justicia. En el primer caso y cuando se deje sin efecto el fallo que motivó el recurso, se devolverán actuados a la sala penal de la Corte Superior que dictó el Auto de Vista recurrido para que pronuncie nueva resolución de acuerdo con la doctrina legal establecida”
- Por memorial presentado el 6 de enero de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 26/2013 de 4 de noviembre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado José Sánchez Aguilar, interpuso recurso de apelación restringida
- Mediante Auto Supremo 133/2015-RA de 27 de febrero de 2015, que cursa de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 26/2013 de 4 de noviembre, se dictó Sentencia condenatoria contra el imputado José
- II.2. De la apelación restringida
- II.3. Del Auto de Vista
- En consideración a que en el presente proceso se admitió el recurso de casación formulado
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- Por tal razón, el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema de recursos
- A mayor abundamiento, debe expresarse que la invocación del precedente contradictorio, implica una de las
- III.2. Análisis del caso concreto
- El citado precedente, fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de Suministro
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
