Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0384/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0384/2015-RA

    Fecha: 15-Jun-2015

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 9 y 13 de marzo de 2015, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • De la revisión de los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes
    • 1) Como primer agravio el recurrente refiere que a tiempo de plantear su apelación restringida
    • Agrega, que la determinación de la pena no puede ser discrecional, que debería estar sometida
    • II.2. Recurso de casación de Alberto Cruz Paxi Quispe
    • 1
    • II.3. Recurso de casación de Bernardino Pallarico Vargas
    • El imputado inicialmente bajo el subtítulo de “Auto de Vista sin la debida fundamentación” (sic),
    • Añade, que el Auto de Vista recurrido no se pronunció sobre todos los fundamentos de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • De la revisión de antecedentes se constata que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
    • En cuanto, al segundo motivo, referido a que el Auto de Vista recurrido además, de
    • IV.2. Del recurso de casación de Alberto Cruz Paxi Quispe
    • Ahora bien, en cuanto al primer agravio, referido a que el Auto de Vista recurrido
    • En cuanto a la invocación del Auto Supremo “22 de 10 de enero”, al igual
    • Respecto a la invocación del Auto Supremo 353/2013 de 27 de diciembre; no será considerado
    • IV.3. Del recurso de casación de Bernardino Pallarico Vargas
    • En cuanto a la invocación de los Autos Supremos 129 de 29 de abril de
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca