Auto Supremo AS/0392/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0392/2015

Fecha: 09-Jun-2015

Por su parte, el art

Por su parte, el art. 444 del precitado Código, señala: “Presentada la apelación, previo traslado a la parte contraria, la autoridad judicial remitirá al superior los actuados correspondientes. Contra el Auto de Vista no procede recurso de casación”