Finalmente en cuanto a la actualización y multa del 30% establecida en el DS Nº
Finalmente en cuanto a la actualización y multa del 30% establecida en el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, amerita establecer que la multa del 30% es aplicable ante el incumplimiento del plazo de los 15 días calendario establecidos para cancelar los beneficios sociales y derechos laborales que se reconozcan a favor de una trabajadora o un trabajador, independientemente a la causal de la desvinculación laboral, conforme se tiene expresado este Tribunal Supremo de Justicia en uniforme jurisprudencia, entre ellos, los AASS 504 de 29 de agosto de 2013 y AS Nº 532 de 29 de agosto de 2013, por lo que al evidenciarse que al actor le correspondía los conceptos concedidos en la Sentencia, mismos que no le fueron cancelados oportunamente corresponde mantener dicho concepto
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Interpuestos los recursos de apelación, tanto por la parte demandada como por la parte demandante
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
- Manifestó también que, con referencia a la actualización y multa prevista por el art
- Refirió que el Auto de Vista fue pronunciado alterando el orden cronológico de resolución y
- Concluyó solicitando que el Tribunal de Casación, case o en su defecto anule el Auto
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo y en la forma, revisando
- Respecto a que el Auto de Vista habría sido emitido fuera del plazo establecido por
- En mérito a lo anotado, y advirtiendo que los puntos recurridos en cuanto a la
- En este contexto, en el caso objeto de análisis, se visualiza que la parte recurrente
- Siendo preciso aclarar que la valoración y compulsa de las pruebas, es una atribución privativa
- Al respecto debe recordarse además, que si bien la confesión judicial provocada o juramento de
- Conforme lo señalado, en la especie se advierte que el Tribunal ad quem, efectuó una
- En cuanto al pago de salario devengado, como se mencionó ut supra la Empresa demandada
- Finalmente en cuanto a la actualización y multa del 30% establecida en el DS Nº
- Se advierte además que debido a una errada apreciación del art
- Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del Abogado del demandante, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
