En la misma línea, el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto, precisó: “En Bolivia,
En la misma línea, el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto, precisó: “En Bolivia, el principio de congruencia (externa), se encuentra establecido en el art. 362 del CPP, que al referirse a la sentencia, señala de forma imperativa que ningún imputado puede ser condenado por un hecho distinto al atribuido en la acusación o en su ampliación; concordante con la normativa precitada, el inc. 11) del art. 370 del cuerpo legal precitado, establece que constituye defecto de Sentencia, la inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la Sentencia y la acusación; las disposiciones precitadas, a su vez, guardan coherencia con las siguientes normas legales: El art. 242 del CPP, que en su primer párrafo señala: "El juicio se podrá abrir sobre la base de la acusación del fiscal o del querellante, indistintamente. Cuando la acusación fiscal y la acusación particular sean contradictorias e irreconciliables, el tribunal precisará los hechos sobre los cuales se abre el juicio. En ningún caso el juez o tribunal podrá incluir hechos no contemplados en alguna de las acusaciones, producir prueba de oficio ni podrá abrir el juicio si no existe, al menos, una acusación”; y, el art. 348 del referido Código, que respecto a la ampliación de la acusación sostiene: "Durante el juicio, el fiscal o el querellante podrán ampliar la acusación por hechos o circunstancias nuevos que no hayan sido mencionados en la acusación y que modifiquen la adecuación típica o la pena”, para luego señalar: “Admitida por el juez o tribunal la ampliación de la acusación, se recibirá nueva declaración al imputado y se pondrá en conocimiento de las partes el derecho que tienen a pedir la suspensión del juicio para ofrecer nuevas pruebas o preparar su intervención, conforme a lo dispuesto en el Artículo 335 de este Código"
- Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2014, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, Javier Capobianco Saravia, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 162/2015-RA de 5 de marzo,
- Mediante el Auto Supremo 162/2015-RA de 5 de marzo, se admitió el recurso de casación
- II.1. Acusación particular
- II.2. Sentencia
- El Juzgado Cuarto de Sentencia, fundamentó de la siguiente manera: “1
- Con relación a la presente acusación, el querellante ha probado con la prueba producida en
- Se concluye el análisis de la tipicidad, indicando que en cuanto al delito de abuso
- 3
- 4
- 5
- Mediante recurso de apelación restringida, el imputado denunció: a) inobservancia y errónea aplicación de la
- II.4. Auto de Vista
- El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 22/2014 de 20 de marzo, emitido
- QUE, asimismo los datos del proceso nos informan que el Art
- QUE, por otra parte el recurrente argumenta que ha sido juzgado por el delito de
- QUE, en cuanto a la exclusión probatoria, se evidencia que el acusado en ningún momento
- QUE, en lo referente al vehículo que argumenta el recurrente, debemos indicar que la investigación
- Con estos argumentos, el Tribunal de alzada declaró admisible e improcedente el recurso de apelación
- III.1. La actividad procesal y el defecto absoluto
- En el ordenamiento jurídico, la actividad procesal está gobernada por reglas que a la vez
- Todo Estado se encuentra organizado mediante un conjunto de normas jurídicas, de las cuales las
- El acto procesal -cuyo conjunto organizado integra la actividad procesal- es aquella manifestación de la
- Los actos procesales no aparecen aislados sino formando una secuencia o procedimiento a seguir; debiendo
- Lo contrario significaría incurrir en un acto defectuoso que provoca la nulidad absoluta o relativa
- El Código de Procedimiento Penal, sobre la actividad procesal defectuosa dispone en el art
- En este escenario, el art
- Por otra parte el art
- III.2. El derecho a la defensa
- El derecho a la defensa es definido como el: "(
- Esto significa, que dentro del proceso penal, la función defensiva le corresponde a toda persona
- En el ordenamiento interno, el art
- En cuanto se refiere a los alcances del derecho a la defensa, el Tribunal Constitucional,
- III.3. La presunción de inocencia
- En cuanto a la presunción de inocencia, el art
- Esta garantía, es la que inspira al proceso penal de un Estado democrático de derecho,
- Debe añadirse que la vulneración del debido proceso, del que es elemento el principio-garantía de
- En resumen, para que dicha garantía sea vulnerada y merezca un reparo procesal, se deberá
- En ese sentido, el Auto Supremo 426/2014 de 28 de agosto, refirió que: “El principio
- El derecho a la presunción de inocencia comprende: el principio de libre valoración de la
- III.4. principio de legalidad
- Es un elemento sustancial de todo Estado de Derecho y sobre el que la doctrina
- La doctrina legal aplicable de la extinta Corte Suprema de Justicia, por medio del Auto
- Por su parte, el Tribunal Constitucional, a través de la SC 0062/2002 de 31 de
- Este principio en materia penal, se basa en la máxima nullum crimen, nulla poena sine
- En consecuencia, el Estado no puede castigar una conducta que no está descrita ni penada
- III.5 El debido proceso
- El debido proceso, es un principio legal por el cual toda persona tiene derecho a
- III.6. El principio de congruencia entre acusación y Sentencia
- En la estructura del proceso penal, una vez concluida la etapa preparatoria, la representación del
- En ese contexto, la calificación legal de los hechos investigados precisada en los actos procesales
- Esta facultad conocida en la doctrina como principio iura novit curia (El juez conoce el
- También es importante remarcar, que la facultad privativa de realizar la adecuación penal del hecho
- En la misma línea, el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto, precisó: “En Bolivia,
- De la normativa precitada se evidencia que el sistema procesal penal vigente, de manera implícita,
- En coherencia con lo anterior, corresponde manifestar, que el Auto de apertura de Juicio, tal
- En estas circunstancias y teniendo en cuenta las consideraciones efectuadas en el acápite anterior respecto
- III.7. Análisis del caso concreto
- Establecido el ámbito de análisis en el Auto de admisión del presente recurso, corresponde a
- Del contenido del recurso de casación, se llega a evidenciar que el primer motivo cuyo
- Ahora bien, para el análisis del presente motivo será preciso partir de las respuestas otorgadas
- El Tribunal de alzada, respecto a las denuncias del recurrente en su apelación restringida, sobre
- Así, queda claro que el Tribunal de alzada efectuó una explicación fundamentada, clara y concreta
- Esta identificación plena del hecho acusado al recurrente, también fue registrada en el Acta de
- De lo precedentemente referido, se evidencia que si bien es cierto que el Auto de
- Por lo expuesto, tampoco se constata la concurrencia de defecto en este motivo, al no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
