Con estos agravios expuestos solicita en su petitorio CASAR el Auto de Vista Nº 443,
Expresa que al violar el Código Civil y el Código de Procedimiento Civil, se habría violado el parágrafo I del art. 178 de la Constitución Política del Estado
Con estos agravios expuestos solicita en su petitorio CASAR el Auto de Vista Nº 443, de 28 de octubre de 2014, conforme lo establecido en el inc. 4) del art. 271 del Código de procedimiento Civil y declarar probada la demanda de usucapión decenal o extraordinaria
Con estos agravios expuestos solicita en su petitorio CASAR el Auto de Vista Nº 443, de 28 de octubre de 2014, conforme lo establecido en el inc. 4) del art. 271 del Código de procedimiento Civil y declarar probada la demanda de usucapión decenal o extraordinaria
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Indica no haberse valorado la prueba como correspondía hacerlo, referida a la documental, inspección judicial
- Que de esta manera el Juez A quo no consideró su posesión pública pacífica y
- Con estos agravios expuestos solicita en su petitorio CASAR el Auto de Vista Nº 443,
- La extinta Corte Suprema de Justicia de la Nación en distintos fallos, ha desarrollado
- Para tal aspecto corresponde citar la Sentencia Constitucional 0010/2010-R, de 6 de abril de 2010,
- Por lo tanto se expide el presente CERTIFICADO DE NO PROPIEDAD (NEGATIVO)”
- En fs
- Por memorial de fs
- De los antecedentes expuestos, se evidencia que no se ha adjuntado el certificado de propiedad
- Por lo que, en base a los medios de prueba adjuntados al proceso al Juez
- De donde se concluye que existe la posibilidad de existir dos antecedentes domínales sobre el
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- En virtud a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
