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    Auto Supremo AS/0451/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0451/2015-RRC

    Fecha: 29-Jun-2015

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    • Por memorial presentado el 30 de enero de 2015, cursante de fs
    • a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 17/2013 de 19 de
    • Del memorial del recurso de casación (fs
    • El recurrente señala que el Tribunal de alzada, no respondió de manera fundamentada a cada
    • El recurrente solicita se declare fundado su recurso de casación disponiendo que el Tribunal de
    • Mediante Auto Supremo 233/2015-RA de 1 de abril, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • Concluido el juicio oral, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
    • De la prueba producida en juicio, el Tribunal arribó a la conclusión que la víctima
    • II.2.De la apelación restringida del imputado
    • i) La vulneración al derecho al juez imparcial e independiente, exponiendo que fue condenado de
    • ii) Denunció que la Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente
    • iii) Afirmó que la Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en
    • iv) Por último, señaló que existe inobservancia de las reglas previstas para deliberación y redacción
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el
    • Para dicho fin se procederá a identificar el fundamento de los precedentes invocados, para luego
    • III.1. Verificación de existencia de contradicción
    • Con relación a la impugnación efectuada en casación, el recurrente, invocó el Auto Supremo 141/2006
    • También citó el Auto Supremo 251/2012 de 17 de septiembre, emitido dentro de un
    • El Auto Supremo 286/2013 de 22 de julio, pronunciado dentro de un caso sobre Violación
    • Finalmente invocó la aplicación del Auto Supremo 341/2006 de 28 de agosto, pronunciado dentro de
    • III.2.1. La fundamentación como elemento del derecho al debido proceso
    • Este Tribunal en reiteradas oportunidades ha señalado que la CPE, reconoce y garantiza el debido
    • Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
    • Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
    • Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
    • En esa línea, el Auto Supremo 050/2013-RRC de 1 de marzo de 2013, precisó que:
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • En la exposición de los agravios identificados y que fueron objeto de admisión, para su
    • No obstante de ello, se debe tener en cuenta que la expresión de agravios no
    • En ese marco, al no haber procedido de esa forma el Tribunal de apelación, incurrió
    • Por las razones expuestas, este Tribunal llega a la conclusión de que el Tribunal de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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